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LA LEY 7/2022 VINCULA LOS SUELOS CONTAMINADOS CON EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD

LA LEY 7/2022 VINCULA LOS SUELOS CONTAMINADOS CON EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD

04 04 - 2024

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La anotación en el Registro de la Propiedad sobre “Suelos Contaminados” tiene implicaciones importantes:

Obligación de Declaración:

A partir del 10 de abril de 2022, los propietarios de fincas están obligados a declarar, al transmitir cualquier derecho real sobre ellas, si se ha realizado o no en la finca alguna actividad potencialmente contaminante del suelo.

Esta declaración se hace en el título en el que se formaliza la transmisión y debe constar por nota marginal en el Registro de la Propiedad.

La falta de declaración expresa constituye un defecto que impide la inscripción.

Contenido de la Declaración:

Los propietarios deben manifestar si se ha realizado o no en la finca alguna actividad potencialmente contaminante del suelo.

Esto afecta tanto a fincas consistentes en suelos como a edificaciones (como naves, pisos, locales, etc.).

Comunicación y Consecuencias:

Los registradores comunicarán de modo telemático a las comunidades autónomas las notas marginales relacionadas con la contaminación delos suelos.

Cualquier persona interesada en adquirir la finca tiene derecho a conocer si se ha realizado una actividad potencialmente contaminante.

La ley exige hacer declaración expresa siempre, ya sea en sentido afirmativo o negativo.

Base Legal:

La normativa relevante es la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular1.

El Real Decreto 9/2005 establece la relación de actividades potencialmente contaminantes.

La anotación sobre “Suelos Contaminados” en el Registro de la Propiedad busca informar a los interesados sobre la situación ambiental de la finca y garantizar la transparencia en las transacciones inmobiliarias.

Como proceder a levantar la carga en el Registro de la Propiedad

1.- Iniciar el Expediente:

Se debe iniciar un expediente administrativo para declarar el suelo como contaminado.

La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio es la encargada de iniciar este procedimiento.

2.- Solicitud de Certificación Registral:

Se debe solicitar una certificación de dominio y cargas de la finca o fincas registrales donde se encuentra el suelo contaminado.

Esta certificación debe constar por nota marginal en el Registro de la Propiedad, advirtiendo a terceros del inicio delprocedimiento234.

3.- Comunicación a los Terceros:

Si el dueño de la finca vende la propiedad mientras se tramita el expediente, el comprador debe saber que se ha iniciado el procedimiento de declaración de suelo contaminado.

Anteriormente a la entrada en vigor de la ley, esta carga estaba oculta, pero ahora se exige que se haga declaración expresa siempre, ya sea en sentido afirmativo o negativo

 @gerardomartinezcabello

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